Avenida El Dorado - CAN.
Edificio del Ministerio de Transporte, oficina 321
Teléfonos:
| Directo |
221 58 08 |
| Fax |
428 62 26 |
| Conmutador |
222 75 77 - 222 44 11 |
| Extensión |
2325 - 2316 |
Correo Electrónico:gtransporte@mintransporte.gov.co
1. Revisar los aspectos jurídicos de las
normas técnicas que se fijen en materia de transporte y tránsito terrestre.
2. Revisar y prestar asesoría en los actos administrativos que se
proyecten para garantizar la prestación del servicio público de tranporte de pasajeros y
de carga.
3. Revisar los proyectos de resolución y conceptos vinculantes que en
materia de tarifas y peajes sean sometidos a estudio y análisis.
4. Conceptuar en materia de aplicación de normas de transporte y
tránsito terrestre en el orden nacional, regional y local.
5. Proyectar los recursos de reposición, apelación, queja y
revocatorias directas que se interpongan contra los actos administrativos que otorguen,
niegue, modifiquen, reestructuren y revoquen rutas y horarios; que fijen capacidad
transportadora, que declaren la vacancia o el abandono de rutas y horarios; que otorguen,
nieguen o revoquen la habilitación y permisos de operación; a las empresas de transporte
terrestre que deban ser suscritos por el Señor Ministro.
6. Proyectar y/o revisar los recursos reposición, apelación, queja y
revocatoria directa que se interpongan contra los actos administrativos en los que se
expidan certificados de idoneidad y permisos de circulación a las empresas de transporte
internacional por carretera.
7. Revisar los proyectos de resoluciones mediante las cuales se fije el
avalúo comercial de los vehículos automotores que se elaboren para firma del Señor
Ministro.
8. Proyectar y/o revisar los recursos de reposición, apelación, queja
y revocatorias directas que se interpongan contra los actos administrativos en los que se
clasifique o reclasifique a los organismos de tránsito, al igual que de aquellos en los
que se supriman los permisos que les hayan sido otorgados y que deban ser suscritos por el
Señor Ministro.
9. Revisar los proyectos de normas o reglamentos relacionados con la
expedición de la placa única nacional, licencias de conducción y demás especies
venales que se elaboren para la firma del Ministro.
10. Proyectar los actos administrativos tendientes a dirimir los
conflictos suscitados por conceptos emitidos por la Dirección General de Transporte y
Tránsito Automotor, así como decidir sobre los impedimentos y recusaciones interpuestos
contra los Directores Territoriales.
11. Prestar apoyo a la Comisión de Regulación de Transporte.
12. Absolver las consultas que en materia de transporte y tránsito
sean solicitadas por la Superintendencia de Puertos y Transporte Terrestre.
13. Resolver las consultas y derechos de petición, de carácter
jurídico y técnico solicitados por los organismos de tránsito de todo el país,
Alcaldes, Gobernadores, empresas de transporte, particulares y organismos de control como
la Fiscalía, Procuraduría y Contraloría, en materia de transporte y tránsito
terrestre.
14. Revisar los actos administrativos preparados por el Instituto
Nacional de Vías en relación con los peajes y carreteras, que se elaboren para firma del
Señor Ministro.
15. Conceptuar en materia de transporte de carreteras sobre asuntos que
no sean de competencia del Instituto Nacional de Vías.
16. Brindar capacitación en los temas jurídicos a cargo de su área.
17. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la
naturaleza para la cual fue creado el grupo.