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El sistema planteado como producto de la política está compuesto por cuatro elementos los cuales se han venido desarrollando de manera secuencial, teniendo en cuenta que obedezcan a parámetros internacionales pero atendiendo a una realidad nacional en la prestación del servicio de movilización de mercancías, como  se muestra a continuación en el esquema General de la Política.

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 Normalización Técnica

La normalización  es un factor clave del desarrollo industrial y económico del país por ello el Ministerio de Transporte en convenio con el Organismo Nacional de Normalización " ICONTEC "  desarrolló normas técnicas colombianas para cada tipo de material peligroso buscando unificar los criterios mediante el  consenso y así facilitar al sector productivo y de servicios competir en los mercados internacionales.

Todo el proceso de normalización se desarrolló tomando como documento de referencia la reglamentación modelo que sobre el tema diseñó la Organización de las Naciones Unidas.

La normalización en Colombia tiene como  ente superior de política al Consejo Consultivo Asesor de Normas y Calidades y su desarrollo técnico ha venido siendo ejecutado por  el Organismo Nacional de Normalización, que de acuerdo al decreto 2269 de 1993 es el Instituto Nacional de Normas Técnicas y  Calidades ICONTEC.

En el proceso de normalización internacional y en representación de Colombia, el ICONTEC participa en los estudios realizados por los diferentes comités técnicos de la ISO. En este marco propone el establecimiento de normas internacionales, lo cual permite que el país tome parte activa en los trabajos técnicos y se mantenga permanentemente informado sobre los avances tecnológicos alcanzados en el ámbito mundial.

La Norma Técnica  es un documento  que se establece por consenso y aprobado por un organismo reconocido por el estado, que suministra,  para uso común y repetitivo, reglas, directrices y características para las actividades o sus resultados, encaminados al logro del grado optimo de orden en su contexto dado. Las Normas Técnicas  se deben basar en los resultados  consolidados de la ciencia, la tecnología y la experiencia, y sus objetivos deben ser los beneficios óptimos para la comunidad.

El Ministerio de Transporte mediante convenio con el Organismo Nacional de Normalización ICONTEC elaboro con el concurso de la empresa privada normas técnicas colombianas, que contienen las especificaciones mínimas que debe cumplir tanto el vehículo como el producto y los ensayos a que se deben someter los envases y embalajes que contengan mercancías peligrosas; además de las instrucciones del embalaje /envase  para las modalidades de transporte aéreo, marítimo y terrestre por carretera. 

En este caso las Normas Técnicas Colombianas NTC, sirven de soporte técnico al sistema  de transporte y manejo seguro de mercancías peligrosas.

Las NTC están agrupadas en cuatro aspectos:

v    Condiciones de transporte

v    Documentos de transporte

v    Identificación del vehículo y la carga

v    Envase y embalaje 

A.     Para cada clase de material peligroso se elaboro una Norma Técnica Colombiana que a continuación se describe, así: 

·     CLASE 1 corresponde a Explosivos, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3966 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec). 

·     CLASE 2 corresponde a Gases Inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 2880 y la NTC 3853  elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).  

·     CLASE 3 corresponde a Líquidos Inflamables cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 2801 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec). 

·     CLASE 4 corresponde a Sólidos Inflamables; sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea; sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3967 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).  

·      CLASE 5 corresponde a Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánicos cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3968 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).   

·      CLASE 6 corresponde a Sustancias Tóxicas e Infecciosas cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3969 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).  

·      CLASE 7 corresponde a Materiales Radiactivos, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3970 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec). 

·      CLASE 8 corresponde a Sustancias Corrosivas, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3971 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec).   

·      CLASE 9 corresponde a Sustancias Peligrosas Varias, cuya Norma Técnica Colombiana que la identifica y condiciona su uso y transporte es la NTC 3972 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec). 

B.    Para los documentos de transporte de mercancías se elaboraron Normas Técnicas Colombianas que a continuación se describen, así:  

·      Tarjetas de Emergencia para transporte de materiales, elaboración, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4532 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec) 

·      Hojas de Seguridad para transporte de materiales, preparación , cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4435 elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec)

C.    Para la identificación del vehículo y la carga se elaboró una Norma Técnica Colombiana que a continuación se describe, así:  

·      Transporte de mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y Rotulado  cuya Norma Técnica Colombiana es la   NTC 1692. elaborada por el Organismo Nacional de Normalización (Icontec)  

D.    Para el envase y embalaje para la movilización de mercancías peligrosas en los diferentes modos de transporte, se elaboraron Normas Técnicas Colombianas que a continuación se describen, así:  

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 1 corresponde a Explosivos, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-1.  

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 2 corresponde a Gases Inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-2

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 3 corresponde a Líquidos Inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-3

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 4 corresponde a Sólidos Inflamables; sustancias que presentan riesgo de combustión espontánea; sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-4

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 5 corresponde a Sustancias Comburentes y Peróxidos Orgánicos, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-5

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 6, corresponde a  Sustancias tóxicas e infecciosas, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-6

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 7 corresponde a Materiales Radiactivos, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-7.  

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 8 corresponde a Sustancias Corrosivas, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-8.  

·        Embalajes y envases para transporte de mercancías peligrosas CLASE 9 corresponde a Sustancias Peligrosas Varias, cuya Norma Técnica Colombiana es la NTC 4702-9 . 

Cada vez que se presenten adelantos e innovaciones tecnológicas, hayan necesidades nuevas en el sector y/o se presenten cambios en normas internacionales, estas normas técnicas se revisan y se actualizan mediante la conformación de comités técnicos  de acuerdo con el procedimiento establecido en el sistema nacional de normalización, certificación y metrología.

  Marco Legal

Se hace necesario  para el país contar con instrumentos técnicos y jurídicos que se establecen mediante un reglamento, para que estas disposiciones le permitan a los usuarios del transporte  cumplir una serie de requisitos que minimizan los riesgos durante la movilización de  estos productos y a las autoridades de control ejercer la respectiva verificación. 

El reglamento se fundamenta en los siguientes lineamientos: 

v     Consulta de la realidad nacional.

v     Cumplimiento de lo establecido en las normas nacionales e internacionales.

v     El marco legal establecido sea aplicable a nuestro país.

La estructura del reglamento se desarrolló con base en una amplia consulta publica, en la cual aproximadamente intervinieron por la empresa privada 135 empresas y gremios de la producción, y por parte del estado 30 entidades públicas; los cuales hicieron  importantes aportes que reflejan  las necesidades  y expectativas del sector. 

Este proyecto de reglamento se notificó a la Organización Mundial del Comercio O.M.C y a la Comunidad Andina de Naciones CAN en cumplimiento a lo establecido en convenios y tratados  internacionales suscritos por  el Estado colombiano 

 A continuación, se muestra el esquema general del reglamento.

Ver cuadro

Estructura General del Reglamento

 El reglamento esta compuesto por los siguientes  capítulos:

 Capitulo I

Aspectos generales: 

En este capítulo se establece el objeto, el alcance y las definiciones con el fin de ubicar y delimitar el reglamento y así poder tener elementos claros para su aplicación.                        

Capitulo II

Disposiciones generales de la carga y los vehículos:

 Se determinan los requisitos generales para el transporte, con especificaciones de  carácter técnico para un adecuado manejo de la carga  y se establecen los requisitos mínimos que debe cumplir la unidad de transporte y/o vehículo destinado a la movilización de mercancías peligrosas.

 Además, se hace referencia a las Normas Técnicas Colombianas de envases y embalajes para el transporte de mercancías peligrosas, así mismo se remite a las Normas Técnicas Colombianas que establecen los requisitos generales y específicos para el transporte de estas mercancías. 

Capitulo III

Registro Nacional para el transporte de mercancías peligrosas: 

Se establece como requisito este documento cuando se transportan mercancías peligrosas, se da a conocer los requisitos generales para su obtención y además los requisitos específicos cuando se transporten combustibles, gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.  

Capitulo IV

Obligaciones: 

En las operaciones de transporte de mercancías peligrosas, los diferentes actores de la cadena del transporte (Remitente, Destinatario, Empresa transportadora,  Conductor, Propietario o tenedor del vehículo), deben tener responsabilidades claras, por esto se establecen obligaciones para cada uno de ellos, con el fin de asegurar su correcto cumplimiento. Se parte del principio que todos los integrantes tienen obligaciones similares, pues se pretende el compromiso de todos los que participan en la actividad y no de uno solo. Lo que se busca es promover un sistema seguro pero autoregulado por el nivel de responsabilidad de cada uno de los eslabones de la cadena del transporte.

Capitulo  V

Sistema de control  

En toda reglamentación que se vaya a implementar debe tener asociado un sistema de control, que permita conocer en forma clara los procedimientos y las responsabilidades de las autoridades encargadas de ejercer el  control respectivo y así verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento. 

En este capítulo se establecen los procedimientos básicos de inspección y control tanto a los productos sometidos a transporte como a los vehículos que efectúan su movilización.

Capitulo VI

Sanciones  

En caso de no cumplir con las obligaciones establecidas, los diferentes integrantes de la cadena del transporte se les amonestará, multará o sancionará de acuerdo a la falta  cometida.

 En este capítulo se establecen los sujetos de sanción así como los tipos de sanción  y los montos de las multas para cada uno de los integrantes de la cadena de acuerdo al tipo de infracción.

Capitulo  VII

Disposiciones Generales  

Se fijan criterios de obligatorio cumplimiento que enmarcan aspectos de orden general aplicables a todas las mercancías peligrosas y la operación de manejo y transporte. 

Se establece el marco legal particular para algunas mercancías peligrosas que por su naturaleza se han constituido en especiales a nivel internacional como son los radioactivos, los explosivos, los desechos peligrosos y a nivel nacional se destacan los hidrocarburos. Además se aclaran procedimientos de mantenimiento y actualización del sistema. 

Capitulo  VIII

Seguros

 Lo que se pretende es establecer garantías en el momento que se presente un accidente y así poder mitigar las consecuencias del incidente y proteger a la población y el medio ambiente. 

El reglamento determina la cobertura de las pólizas, quien debe tomarlas y el monto de las mismas. 

Capitulo  IX

Régimen de Transición

Para la puesta en marcha de estas nuevas disposiciones, se tiene en cuenta  un termino moderado  con el fin de que se conozcan, asimilen y se cumplan las obligaciones  establecidas en el reglamento. 

En el cuadro 8 se relacionan los artículos que entrarán a regir una vez el Ministerio los reglamente y aquellos que se les otorga un plazo para su cumplimiento:

En el cuadro 8 se relacionan los artículos que entrarán a regir una vez el Ministerio los reglamente y aquellos que se les otorga un plazo para su cumplimiento:

Ver artículos

Nota: las demás disposiciones entrarán a regir a partir de seis meses después de la publicación del Decreto.

Sistema de Control y Vigilancia

Para garantizar la operación segura del transporte de materiales peligrosos en Colombia, y contando con la reglamentación correspondiente, se debe implementar toda la infraestructura logística para realizar el control y verificar el cumplimiento de las normas establecidas.

El sistema de control y vigilancia comprende entre otros, los siguientes elementos:

Sistema de certificación para la fabricación, reparación, modificación y marcado de los envases y embalajes para el transporte de mercancías peligrosas, de acuerdo con el sistema nacional de normalización, certificación y metrología (ver anexo 1).

Sistema de información con el fin de controlar eficaz y eficientemente los materiales peligrosos movilizados, las empresas y los vehículos que se dedican al transporte de este tipo de materiales, las infracciones y reincidencias al reglamento.

Sistema de inspección y control en las vías nacionales, para verificar todos los requisitos y condiciones que debe cumplir la carga, el vehículo y el conductor establecidos en la reglamentación.

Para que sea efectivo el cumplimiento del reglamento se debe tener asociado un sistema de control que será ejercido por la autoridad competente.

El control comprende entre otras acciones:

  • Solicitud y verificación de los documentos de porte obligatorio.

  • Comprobación de la adecuada instalación de los rótulos en los envases y embalajes de acuerdo a la NTC 1692 y el número de las Naciones Unidas (UN).

  • Comprobación del respectivo marcado de los envases y embalajes de las mercancías peligrosas de acuerdo a lo estipulado en la Norma Técnica Colombiana según clasificación dada por las Naciones Unidas.

  • Verificación de la existencia de fugas en la unidad de transporte de carga a granel.

  • Inspección del estado de conservación de los envases y embalajes.

  • Verificación del estado de operación de los vehículos, la unidad de transporte y los accesorios.

  • Verificación de la existencia de los elementos de protección para atención de emergencias descrita en la Tarjeta de Emergencia.

Cuando se detecte una irregularidad que pudiera provocar riesgos a las personas, medio ambiente y/o bienes, la autoridad competente debe tomar las acciones adecuadas y necesarias para subsanar la irregularidad, entre las acciones que debe emprender se encuentran las siguientes:

  • La retención del vehículo y equipos, o su traslado a un lugar seguro donde pueda ser corregida la irregularidad.

  • El descargue y transbordo de las mercancías a otro vehículo o a un lugar seguro.

  • La eliminación de la peligrosidad de la carga o su destrucción con orientación del remitente o destinatario (fabricante o importador) y, cuando fuere posible, con la presencia de la entidad aseguradora.

Estas disposiciones podrán ser adoptadas en función del grado y naturaleza del riesgo, mediante evaluación técnica y siempre que sea posible, con el acompañamiento del fabricante o importador de la mercancía, destinatario, empresa transportadora, autoridades del medio ambiente y organismos de socorro.

Durante la retención el vehículo permanecerá bajo custodia de la autoridad competente, sin embargo la responsabilidad de la empresa transportadora y/o propietario del vehículo sobre los productos que movilizan continúan vigentes.

Para el control de requisitos y pruebas de ensayo establecidas en el numeral 5.4. de este documento que deben cumplir los embalajes y envases, intervendrá los entes que hacen parte del Sistema Nacional de Normalización Certificación y Metrología SNNCM, entre los cuales se tienen:

Organismos de Certificación v Organismos de Inspección v Laboratorio de Pruebas de Ensayo v Laboratorios de calibración

Capacitación, Sensibilización Y Divulgación

El principio fundamental de todo el proceso es que la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas en Colombia es un deber de los responsables de la operación con la sociedad colombiana y no simplemente el cumplimiento de un reglamento para evitar sanciones, es así que todos los integrantes de la cadena productiva del transporte deben ser conscientes de su responsabilidad en todas las operaciones que efectúen y que la seguridad debe ser el objetivo fundamental en el desarrollo de su actividad.

Por otra parte las autoridades que ejercen el control deben ser conscientes de sus deberes para con la sociedad y por lo tanto deben orientar sus esfuerzos a velar por que las operaciones de transporte de mercancías peligrosas que se efectúen por calles y carreteras del país garanticen la seguridad de la población y el medio ambiente en Colombia, por tal motivo todas las actividades de inspección y verificación deben ser buscando seguridad y no únicamente represión o aplicación de autoridad.

Siguiendo los principios anteriormente enunciados y teniendo en cuenta que el objetivo de la política es garantizar una operación segura en el transporte de materiales peligrosos en Colombia, y no solamente reprimir o sancionar, es fundamental acompañar todos estos elementos de campañas de capacitación, sensibilización y divulgación, buscando generar un clima de participación y compromiso de todos los involucrados en el proceso, para desarrollar el transporte de estos productos de una manera técnica y por consiguiente confiable.

Es prioritario implementar campañas de sensibilización y divulgación, además elaborar programas de capacitación con el concurso del SENA y la empresa privada, dirigida a todos los integrantes que intervienen en el sistema del transporte de materiales peligrosos en el país, tales como: remitentes, destinatarios, sociedades portuarias, sociedades de intermediación aduanera, operadores aeroportuarios, importadores, distribuidores, comercializadores, empresas de transporte, conductores y propietarios de vehículos, Policía Nacional, organismos de socorro, Bomberos, organismos de transito, entidades publicas encargadas del control de este tipo de mercancías, entre otros.

Además, se debe sensibilizar y fomentar sobre la importancia del marcado de envases y embalajes de acuerdo al sistema nacional de normalización, certificación y metrología.

 
 

 

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miércoles, 10 septiembre 2008 04:28

 

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