De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Transito Ley 769 del 200 se define como: Via de calzadas separadas, cada una con dos (2) o mas carriles, control total de acceso y salida, con intersecciones en desnivel o mediante entradas y salidas directas a otras carreteras y con control de velocidades mínimas y máximas por carril.
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