De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo automotor destinado al servicio público individual de pasajeros.
TAXIMETRO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Dispositivo instalado en un taxi para liquidar el costo del servicio público a una tarifa oficialmente autorizada.
TIPO DE CARROCERÍA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Conjunto de características que definen la carrocería de un vehículo.
TRÁFICO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Volumen de vehículos, peatones, o productos que pasan por un punto especifico durante un periodo determinado.
TRANSFORMACIÓN VEHICULAR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Procedimiento físico y mecánico mediante el cual un vehículo automotor puede ser modificado con el fin de cumplir una función diferente o mejorar su funcionamiento, higiene o seguridad.
TRÁNSITO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Es la movilización de personas, animales o vehículos por una vía pública o privada abierta al público.
TRANSPORTE
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Es el traslado de personas, animales o cosas de un punto a otro a través de un medio físico.
TRICICLO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo no motorizado de (3) ruedas, accionado con el esfuerzo del conductor por medio de pedales.
“El Ministerio de Transporte está acelerando las obras de infraestructura para fortalecer la conectividad terrestre, fluvial, férrea y aérea de los colombianos a través del diálogo, el consenso y la concertación”.