Boletín Estratégico de Seguridad y Movilidad
POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA PLANES PILOTO DE ADOPCIÓN DE MEDIDAS DE MANEJO DEL TRÁNSITO VEHICULAR EN LAS VÍAS BOGOTÁ –SIBERIA – LA VEGA Y BOGOTÁ – TUNJA.
Teniendo en cuenta la solicitud presentada por el Ingeniero WILLIAM FERNANDO CAMARGO TRIANA, Presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, en reunión del Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, llevado a cabo de manera virtual el 10 de septiembre de 2022, conforme a lo establecido en la Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 0002307 del 12 de agosto de 2014; se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional que utilizan las diferentes vías del Departamento de Cundinamarca y los demás interesados, la ejecución de los siguientes planes piloto de adopción de medidas de manejo del tránsito vehicular en las vías Bogotá –Siberia – La Vega y Bogotá – Tunja, así:
VÍA BOGOTÁ – SIBERIA – LA VEGA:
- PLAN PILOTO: Desde el 12 al 30 de septiembre de 2022, de lunes a viernes se implementarán medidas de manejo de tránsito “contraflujo” en los horarios de 05:00 a 09:00 horas, desde el km 0 “Puente Guadua” hasta el km 1+650 “sector Icoltrans” sobre la calzada sur, dejando uno de sus carriles sentido oriente – occidente, para el tránsito de vehículos y/o rutas escolares livianos.
VÍA BOGOTÁ –TUNJA (Carrera Séptima):
- PLAN PILOTO: Desde el 11 de septiembre hasta el 11 de diciembre del 2022, para los días domingos y lunes festivos se implementarán medidas de manejo de tránsito “reversible” sobre la carrera séptima, en los horarios de 14:00 a 22:00 horas, desde el km 7+800 “Puente el Común” hasta la calle 245, quedando un solo sentido de tránsito vehicular Bogotá – Tunja por la Carrera Séptima.
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el Artículo 3° de la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El Ministerio de Transporte, la Secretaría de Movilidad del Departamento de Cundinamarca y la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI junto con las Concesionarias Sabana de Occidente S.A.S. y Accesos Norte Bogotá S.A.S. y Accesos Norte Fase II – Ruta Bogotá Norte, realizarán las gestiones pertinentes para la difusión masiva del presente documento, especialmente a los interesados de los Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Santander, Norte de Santander y Casanare.
Fecha de publicación 11/09/2022
Última modificación 11/09/2022