1. Brindar asistencia técnica a los entes gestores, frente a Los componentes elegibles de los sistemas de transporte cofinanciados por la Nación establecidos en los Documentos CONPES y en los respectivos convenios de cofinanciación.
2. Verificar la documentación presentada par los entes territoriales para la cofinanciación por parte de la Nación de los sistemas de transporte público colectivo o masivo, en aplicación del artículo 2 de la Ley 310 de 1996 modificado por articulo 100 de la Ley 1955 de 2019, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.
3. Atender has obligaciones contractuales a cargo del Ministerio de Transporte dentro del marco de sus competencias, establecidas en los convenios para la cofinanciación de los proyectos de transporte.
4. Apoyar la formulación de las políticas públicas relacionadas con los sistemas de transporte público cofinanciados por el Gobierno Nacional.
5. Apoyar al Viceministerio de Transporte, en la articulación con las entidades territoriales y el Gobierno Nacional en lo que corresponda a los sistemas de transporte que sean cofinanciados por la Nación.
6. Atender has obligaciones a cargo del Ministerio de Transporte, dentro del marco de sus competencias, consagradas en los empréstitos de la Banca Multilateral que se lleguen a suscribir para financiar los aportes de la Nación en los proyectos de transporte.
7. Atender consultas y derechos de petición relacionados con los temas a cargo del grupo.
8. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza del Grupo.