Ministerio de Transporte recuerda a las entidades públicas y a las empresas privadas el deber de contratar servicios de transporte con empresas habilitadas
- El Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte hicieron un llamado a las entidades públicas y empresas privadas que contratan servicios de transporte para su personal y usuarios contratantes de servicios de transporte a que verifiquen el estado de legalidad de las mismas.
- El incumplimiento de esta obligación legal por parte de los contratantes podrá dar lugar a investigaciones administrativas, así como a sanciones de hasta 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada infracción.
- Se insistió en que las normas regulatorias del sector transporte no solo buscan garantizar la calidad del servicio, también la seguridad de los pasajeros.
Bogotá D.C., 04 de junio de 2021 (@MintransporteCo). A través de la circular 20214000545151 de 2021, publicada en la página web: https://www.mintransporte.gov.co/documentos/11/circulares/ el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte hicieron un llamado a las entidades públicas y empresas privadas para que verifiquen el estado de legalidad de las empresas que contratan para el transporte de su personal.
“Las normas que regulan el transporte en Colombia no solo buscan asegurar el desplazamiento de las personas, también las condiciones de seguridad óptimas que permitan garantizar el servicio y la integridad de los pasajeros. Por eso es de vital importancia contratar servicios de transporte con empresas habilitadas y vehículos autorizados en el servicio público de transporte”, afirmó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
Empresas públicas o privadas que requieran contratar transporte para su personal deben dar cumplimiento a la Ley 336 de 1996, que regula este tipo de actividades, en el sentido de revisar que la empresa a contratar cuente con habilitación y se encuentre vigente. No deben contratar servicios de transporte con empresas no habilitadas o vehículos no autorizados.
En caso de comprobarse alguna infracción en los procesos de contratación, los contratantes que adquirieron el servicio podrían ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada irregularidad encontrada.
“Desde el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte recordamos a los usuarios, empresas y demás contratantes de servicios, que no sólo tienen derechos sino también obligaciones; una de esas, es contratar con empresas legalmente habilitadas”, aseguró Camilo Pabón Almanza, Superintendente de Transporte.
Finalmente, también se hizo un llamado a las autoridades de transporte para que dentro de su jurisdicción apliquen las sanciones procedentes a quienes no cumplan con las normas vigentes para la contratación y prestación de servicios de transporte.
Viceministra de Transporte, Carmen Ligia Valderrama
Fecha de publicación 04/06/2021
Última modificación 04/06/2021